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LAS OCUPACIONES DE FÁBRICAS SON LÍCITAS Y NECESARIAS

Jorge Enea Spilimbergo
Publicado en el periódico “LUCHA OBRERA” – 15 de noviembre de 1965 – Año II N° 16

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Las recientes ocupaciones de fábricas (La Bernalesa, Pirelli, Ford) han vuelto a desatar el llanto de la prensa y los políticos reaccionarios, siempre sensibles al “abuso” y la “justicia por mano propia” de los trabajadores: El conservador Aguirre Lanari exclama en el Senado, dirigiéndose a sus colegas justicialistas: “¿Ustedes creen que la Constitución autoriza la ocupación violenta de las fábricas?” El diario “La Prensa”, naturalmente, no cree que la Constitución autorice esa ocupación violenta, ni tampoco la creen los legisladores del radicalismo del pueblo, quienes creen en cambio que la ley de Asociaciones Profesionales es “inconstitucional”, como se le escapó a Santiago Fassi, por inspiración, sin duda, de los artículos del fondo del diario “La Prensa”.
Sin embargo, debe reconocerse que el argumento de la Constitución ha dejado de impresionar a los espíritus, porque muchas cosas que la Constitución autoriza, hoy, se prohíben, y muchas que la Constitución prohíbe, hoy se autorizan. La Constitución prohíbe prohibir a un ciudadano el ingreso a su país, prohíbe prohibir al partido justicialista su presentación a elecciones, prohíbe que la ínfima minoría llamada radicalismo del pueblo sea gobierno, y prohíbe que la policía consagre el derecho de reunión asesinando a cuatro obreros desarmados, por el delito de no querer ser radicales del pueblo.
Bastaría la evidencia de que vivimos bajo una situación de hecho para desmoronar la hipócrita pretensión de legalidad, y desnudarla como una legalidad apañada en beneficio de los más insolentes privilegios económicos.
Pero a diferencia de esta ilegalidad de hecho que se quiere bautizar como legalidad, las ocupaciones de fábricas llevadas a cabo por el movimiento obrero y por diversos personales en conflicto ostentan una profunda legitimidad y no dejan de tener la ley de su parte, ante cualquier tribunal que se comportase como tribunal de justicia y no como tribunal oligárquico.

EL “DERECHO” DE LOS ESCLAVISTAS

En primer término, el asunto es político y no jurídico. En último análisis no se trata del cumplimiento de la ley vigente, sino de las relaciones reales entre las clases y del “derecho” de una minoría tan opresora como inepta para seguir usufructuando el sudor y la sangre del pueblo argentino. Las estructuras opresoras han elaborado su propia legalidad como instrumento armado del privilegio económico. Es ridículo zarandear los incisos de la ley para hablar a los espíritus. Los dueños de los esclavos pueden amurallarse bajo el carácter sacrosanto de la propiedad privada. Pero lo que se discute no es la propiedad privada sino qué cosas pueden ser el objeto de esa propiedad. El ser humano no puede ser objeto de la propiedad de otro ser humano. Cuando un régimen social autoriza la esclavitud y una pandilla de esclavistas se ha convertido en dueña de la sociedad, la discusión de sus “derechos” no es asunto jurídico sino político, no es cuestión legal sino social, la libertad de los esclavos es cuestión de justicia por mano propia, y esta justicia por mano propia, lejos de repugnar, se impone a la conciencia moral como una acción noble e inexcusable.

LA PROPIEDAD EMPRESARIA

En el país no existen esclavos. Pero existen modos sutiles de esclavitud que, respetando las formas de las libertades civiles para todos los habitantes, han convertido a la inmensa mayoría en parias sin destino, en instrumentos serviles del gran capital parasitario. Es bien sabido, por otra parte, que ese gran capital no sólo esclaviza sino que se revela incapaz de asegurar un orden, aún injusto, de existencia económico-social. Por el contrario, diariamente, a nuestros ojos, está engendrando la disolución y el sometimiento nacionales. El monstruo denominado “empresa privada” se revela así un instrumento de desposesión del trabajador, un confiscador de los resultados de su trabajo, un esclavizador sutil pero implacable del noventa por ciento de los argentinos. Si el ser humano no puede ser objeto de propiedad privada directamente, tampoco lo ha de ser indirectamente, a través de la propiedad privada capitalista sobre las empresas productoras básicas, el comercio y la tierra.

COLA DE PAJA

Las ocupaciones de empresas por sus personales apuntan a esta cuestión esencial. De ahí que asuman un carácter crítico ante los beneficiarios y representantes del privilegio económico. Por otra parte, al protestar histéricamente, éstos revelan en parte la mala conciencia que los embarga, ya que las ocupaciones se producen cuando el mecanismo capitalista entra en picada. Son una respuesta al desempleo y a la trampa. Desnudan, más que la exorbitancia del privilegio, su inoperancia, aún para bastarse a sí mismo. Y al mismo tiempo, descubren que en la propia entraña de esa estructura roída por el desorden y la deshumanización, hay una clase social que escapa a esa podredumbre; que es víctima pero no se comporta como víctima; que irrumpe, pelea y defiende el pan, el trabajo, la seguridad familiar, el destino general.

PROPIEDAD, PERSONA Y SOCIALISMO

En el proceso de esta lucha contra las consecuencias de la crisis, la clase trabajadora va elaborando su propia conciencia crítica acerca de la sociedad que padecemos. Pero fuerza es reconocer que se equivocan los escribas de las clases explotadoras cuando se apresuran a parapetarse detrás de la famosa y sacrosanta propiedad privada y su garantía constitucional.
Filosóficamente, dicen que la propiedad es el fundamento de la libertad. Se esto es así- y en cierto modo es así- una propiedad que tiende a concentrarse en un polo desposeyendo a la gran mayoría (y a la totalidad de quienes crean la riqueza) resulta el enemigo número uno de la libertad humana. Lo que queda en cuestión no es la propiedad privada en general, sino la propiedad privada empresaria, la propiedad privada del prestamista, el agiotista, el arrendador urbano, el latifundista, el accionista cortador de cupones, el inversor extranjero, y su cohorte de lacayos.
Pero, no siendo posible retroceder a la dispersión artesanal, esta crítica sólo puede conducir a la instauración práctica de una propiedad colectiva, socialista, sobre la tierra, los medios de producción y de cambio. Sólo así estos bienes, productos del trabajo comunitario, dejarán de ser un instrumento de expoliación de ese trabajo y permitirán generalizar la propiedad privada bajo la forma de bienes de nutrición, abrigo, alojamiento, cultura, recreación y seguridad social.

CONSTITUCIÓN Y PROPIEDAD

Después de ensayar el justificativo “filosófico”, los escribas del privilegio incursionan en el campo que creen más seguro. ¿Acaso la Constitución Nacional no garantiza la propiedad? Por supuesto, como valor sobreentendido, ellos lo entienden sólo como propiedad empresaria, como propiedad que da renta. Así en una larga carta que un desconocido ciudadano enviara hace un par de meses a “La Nación” (y que este diario publicó íntegramente en generosa media columna como si se tratara de una encíclica papal) se convocaban todas las iras del infierno contra los diputados justicialistas que propugnaron la facultad del inquilino de comprar la vivienda arrendada. Esto era pisotear la propiedad privada, fundamento de la libertad individual. Ni “La Nación”, ni el buen hombre que firmaba la indignada epístola advirtieron entonces que la iniciativa (pronto encarpetada) se limitaba a facilitar la propiedad del techo familiar al inquilino a costa de la propiedad rentística de una minoría de locadores.
Pero no sólo la propiedad se reduce a la propiedad del empresario y del rentista para el estrecho horizonte de estos escribas sino que, además, por no se sabe que secreta cláusula, la Constitución habría establecido que tal derecho de propiedad se sobreordena a todo otro derecho que ella misma reconozca.

ESTADO DE NECESIDAD

La inmensa mayoría de los argentinos no tenemos otra propiedad que nuestra aptitud para producir, nuestro potencial de trabajo. Esto significa que trabajamos por un sueldo o un jornal, y que si no cobramos no comemos. Una dolorosa experiencia ha demostrado que sin el recurso de las ocupaciones, sin la toma de rehenes, sin la justicia por mano propia que imponga a los patrones la responsabilidad social de que carecen, éstos se librarán a las peores maniobras, incluso a costa de los salarios que pueden o deben pagar puntualmente.
El mero estado de necesidad (que la propia ley burguesa reconoce) justifica sobradamente estas acciones, pues se trata de sacrificar un bien para que no naufrague otro mayor, amenazado por el peligro actual. Si el día 20 del mes, terminada la quincena, el padre de familia no cobra, el hogar carece de dinero, y no es lo mismo comer el día 20 que hacerlo al terminar el juicio por cobro de salarios adeudados.
Naturalmente, los editorialistas de “La Prensa” no consideran una “vía de hecho” contra la propiedad la falta de pago en término del salario. Colocar a una familia bajo la amenaza de los proveedores, en la inminencia del desalojo, bajo la tiranía del hambre, no es para esa gente un atentado a la “libertad”. Ellos tienen muy en claro a qué libertad se refieren cuando la nombran con mayúscula.

LA LUCHA DE CLASES

Si, como se ha visto recientemente en el gremio textil y en el automotor, una patronal intensifica el ritmo de trabajo para hacer stock a los antiguos precios, y después despide dedicándose a vender lentamente lo acumulado, a precios de inflación, esta infame maniobra no es un atentado, no arranca arpegios emocionantes a ninguna cláusula de la Constitución, no viola forma alguna de propiedad, no vulnera derechos éticamente superiores como los de la personalidad humana y la seguridad familiar.
Por desgracia, los tribunales argentinos se siguen moviendo con el criterio de que la propiedad está por sobre la Constitución, y que no existe otra propiedad reverenciable que la de los acaudalados y rentistas. Es posible que el viento ardiente de las calles termine por enseñarles a esos señores lo que no han sabido aprender en la atmósfera enrarecida de sus claustros y bibliotecas. De todos modos, en cada lucha mínima y cotidiana el movimiento obrero, cada vez más, pone en cuestión el fundamento de un orden cuya única ley es el desprecio al compatriota y la expoliación de quienes vivimos de nuestra fuerza de trabajo, de nuestra aptitud para producir.